|  Contacto |  Ingresar 
Licencias

El matriculado que se propusiera cesar en forma temporal en el ejercicio de la profesión, podrá pedir licencia en la matricula por un periodo de cinco (5) meses y hasta dos (2) años.

Durante dicho periodo, el matriculado no estará obligado a abonar la cuota de derecho de matriculación, y no podrá ejercer la profesión en todo el territorio provincial.

Podrán concederse segunda y sucesivas licencias en la matricula, siempre que entre una y otra medie un periodo mínimo de dos (2) años.